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January 27 2012
January 12 2012
Emprender para estudiantes de comunicación
Ayer impartí una charla sobre emprender en la red a estudiantes de la facultad de comunicación de la Universidad de Sevilla.
Me centré mucho en hacerles ver que los recursos y los costes para hacer su primeros proyectos profesionales son, ahora, mucho más fáciles de conseguir que nunca y que intenten hacer realidad sus proyectos lo antes posible, sin miedo a fracasar. No se si lo conseguí, pero por lo menos saqué un par de buenas discusiones que me han hecho pensar un poco sobre el tema.
Aquí tenéis las diapositivas:
Fue muy interesante ver cómo todos los tópicos sobre los jóvenes se deshacen a poco que te acercas a ellos y les dejas hablar. Desde aquellos que saben qué proyecto de comunicación harían (teniendo claro, además, que hay demanda de ese tipo de información) a aquellos que saben que par disfrutar de la libertad hay que luchar duro.
January 09 2012
Libertad de prensa (Ley Sinde Wert y la Constitución de Cádiz)

La Verdad, la Historia y el Tiempo (también conocido como «Alegoría de la adopción de la Constitución de 1812») Francisco de Goya
Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.
Constitución española del 1812.
200 años después:
(…) La Sección Primera amplía su ámbito competencial,(…) a los conflictos entre distintas entidades de gestión, entre los titulares de derechos y las entidades de gestión, y entre éstas y las entidades de radiodifusión, (…)
La Sección Primera refuerza así su condición de instrumento especialmente idóneo en el funcionamiento del sistema vigente de la propiedad intelectual para resolver este tipo de conflictos, lo que requiere generalmente una compleja valoración de derechos e intereses.
Ley Sinde-Wert (Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual)
La libertad de expresión no es limitada por los tribunales. Lo es, de facto, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cerrarán las webs que quieran. Así de simple. Y no protegerá la producción cultural española, sino, principalmente, la de otro país.
Imagen: La Verdad, la Historia y el Tiempo (también conocido como «Alegoría de la adopción de la Constitución de 1812») Francisco de Goya. Fuente: Wikimedia.
December 02 2011
Un gobierno en funciones no puede aprobar hoy la ley Sinde
Ante la previsible aprobación dentro de unas horas de la polémica «Ley Sinde», los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet seguimos manifestando, como hicimos en el Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet de 2 de diciembre de 2009, nuestra firme oposición a una norma que incluye modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet.
En principio no parece de recibo que un Gobierno en funciones adopte esta decisión en su último o uno de sus últimos Consejos de Ministros.
Sería doblemente grave que se confirmaran las presiones ejercidas por EEUU, a través de su embajada en Madrid, como revelaron los cables de Wikileaks, por lo que insistimos en estos razonamientos:
- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
Pásalo y Publícalo.
November 30 2011
November 29 2011
November 28 2011
November 24 2011
November 19 2011
November 18 2011
November 17 2011
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